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Retiro
¿Cómo me voy a pensionar?
Las pensiones son prestaciones económicas que acumulas durante tu vida laboral que te permiten tener una renta mensual al momento de jubilación, invalidez o incapacidad total. También las pueden recibir los beneficiarios en caso de fallecimiento del titular de la cuenta.El rango de edad para pensionarte en nuestro país es a partir de los 60 años de edad.
Al momento de pensionarte puedes elegir las siguientes modalidades:
Retiro Programado
Esta modalidad consiste en fraccionar el monto total de los recursos de tu cuenta individual tomando en cuenta tu esperanza de vida.
- Se contrata directamente con la Afore.
- Se recalculará anualmente en el mes aniversario de tu contrato.
Renta Vitalicia
La ofrecen las aseguradoras en las que a cambio de recibir tus recursos acumulados en tu Cuenta Individual, se obligan a pagar periódicamente una pensión durante tu vida como pensionado, hasta que fallezcas y tus beneficiarios tengan derecho a recibirla.
Pensión Mínima Garantizada (PMG)
Se otorga cuando tienes derecho a una pensión, pero no tienes recursos suficientes en tu cuenta de Afore para contratar un Retiro Programado o una Renta Vitalicia. En este caso, el IMSS te otorgará una PMG equivalente a un salario mínimo en el Distrito Federal actualizado.
También existen otros tipos de Pensiones
Invalidez y vida (valuado igual o mayor al 50% de pensión)
Es pagada por tu patrón para protegerte en caso de alguna inhabilitación física o mental que te impida seguir trabajando. En caso de fallecimiento, tus beneficiarios podrán recibirla.
Riesgo de trabajo (valuado igual o mayor al 50% de pensión)
Seguro que te protege contra los accidentes, enfermedades o muerte a los que estás expuesto en tus actividades laborales. También incluye atención médica y en su caso, del pago de una pensión por incapacidad para desempeñar tus funciones, o bien, otorgar una pensión a tus beneficiarios en caso de que fallezcas.
La ofrecen las aseguradoras en las que a cambio de recibir tus recursos acumulados en tu Cuenta Individual, se obligan a pagar periódicamente una pensión durante tu vida como pensionado, hasta que fallezcas y tus beneficiarios tengan derecho a recibirla.
- Se contrata con una aseguradora (el IMSS te podrá dar la lista de aseguradoras que prestan este servicio).
- Es un monto que recibirás mensualmente durante toda tu vida.
Se otorga cuando tienes derecho a una pensión, pero no tienes recursos suficientes en tu cuenta de Afore para contratar un Retiro Programado o una Renta Vitalicia. En este caso, el IMSS te otorgará una PMG equivalente a un salario mínimo en el Distrito Federal actualizado.
- Los recursos acumulados en tu cuenta individual se utilizarán para pagar tu PMG y cuando éstos se terminen el IMSS te la seguirá pagando.
Invalidez y vida (valuado igual o mayor al 50% de pensión)
Es pagada por tu patrón para protegerte en caso de alguna inhabilitación física o mental que te impida seguir trabajando. En caso de fallecimiento, tus beneficiarios podrán recibirla.
Riesgo de trabajo (valuado igual o mayor al 50% de pensión)
Seguro que te protege contra los accidentes, enfermedades o muerte a los que estás expuesto en tus actividades laborales. También incluye atención médica y en su caso, del pago de una pensión por incapacidad para desempeñar tus funciones, o bien, otorgar una pensión a tus beneficiarios en caso de que fallezcas.

Fuente: Ley del Seguro Social publicada el 1 de julio de 1997
www.imss.gob.mx/pensiones